SOCIEDAD PÚBLICA DE ALQUILER AGENTE COLABORADOR PRESELECCIONADO Nº de inscripción 003/Prov/2005 LE GARANTIZAMOS EL COBRO EN EL ALQUILER DE SU VIVIENDA La Sociedad Pública de Alquiler es una sociedad anónima de capital público adscrita al Ministerio de Vivienda, con el objeto de ser una empresa gestora de viviendas alquiladas que ofrezca garantías a los propietarios. La Sociedad Pública de Alquiler garantiza la percepción de una cantidad de dinero mes a mes con independencia del comportamiento del inquilino desde la firma del primer contrato de arrendamiento hasta la extinción y resolución del contrato de gestión firmado por el propietario y la Sociedad. De este modo, además de obtener el beneficio de la revalorización del inmueble, se podrá conseguir por la vivienda una rentabilidad fija y asegurada por la Sociedad Pública de Alquiler, que se verá materializada mensualmente a través de una transferencia bancaria. En caso de que la vivienda necesite una reforma para incorporarse en el Programa SPAVIV, la Sociedad Pública de Alquiler ofrece la posibilidad de gestionar las reformas necesarias y su financiación. La Sociedad Pública de Alquiler garantiza la devolución de la vivienda en las mismas condiciones en que fue entregada. Se elaborará un inventario del estado de la vivienda y del mobiliario con que se entrega en el momento de la firma del contrato con el propietario. Desde entonces la propia Sociedad se encargará de reparar todos los posibles desperfectos ocasionados por los inquilinos. Para ello, toda vivienda integrada en el Programa SPAVIV contará con una Póliza Multirriesgo Hogar suscrita con una Compañía Aseguradora. El arrendamiento de la vivienda a través del programa ofrecido por la Sociedad Pública de Alquiler libera al propietario de las preocupaciones propias generadas al alquilar una vivienda (si el inquilino paga puntualmente o si hace buen uso de la vivienda, entre otras) durante la vigencia del contrato. El Programa SPAVIV le ofrece la posibilidad de no tener que dedicar tiempo a estos trámites y de contar con un arrendamiento tranquilo y sin sobresaltos. La Sociedad Pública de Alquiler actuará como intermediario entre propietario e inquilino ante cualquier problemática entre ambas partes. Abriéndose así la posibilidad de resolver los conflictos de manera amistosa evitando las molestias de tener que acudir a los Tribunales. La Sociedad ofrece asistencia letrada en los litigios derivados del contrato de arrendamiento. La titularidad de la vivienda continúa correspondiendo al propietario. El propietario únicamente podrá vender la vivienda en el momento que considere oportuno, a un tercer adquirente que consienta por escrito subrogarse en la posición contractual del propietario, asumiendo todos y cada uno de los derechos y obligaciones adquiridas con la firma del contrato. De este modo siempre quedarán salvaguardados los derechos del inquilino. En caso de venta, la cantidad pagada por la Sociedad Pública de Alquiler será un derecho del nuevo adquiriente, en las mismas condiciones de que disponía el propietario. |